DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
Art. 1. Uno por ciento (1%) del costo de la obra. (Responsabilidad del propietario de la obra).
Art. 2. Uno por Ciento (1%) de los salarios pagados a los trabajadores. Si no existe nómina y/o contabilidad organizada, procede la liquidación de oficio, aplicando el 0.30 % del costo directo de la obra.
A QUIÉN VA DIRIGIDO
Todo el que realice una remodelación, adecuación, o construcción de obra a nivel nacional.
DEPARTAMENTO QUE LO OFRECE
Servicio ofrecido por: Depto. de Instrumentación de Actas.
INFORMACIÓN DE CONTACTO
Tel.: Tel.: (809) 686-0503 Ext. 222
Correo: [email protected]
Dirección: C/ 6, No. 5, Ensanche Miraflores, D. N.
REQUERIMIENTOS O REQUISITOS
Requerimientos o requisitos
1) Contrato de la Obra
2) Presupuesto de la Obra
3) Licencia de Obras Públicas
4) Certificaciones de Retenciones del 1% de la Ley 6-86, acompañadas de los libramientos de pago.
Nota:
- El punto No. 3 solo es necesario si es una obra aprobada por el Ministerio de Obras Públicas.
- El punto No. 4 solo es necesario si es una obra del Estado Dominicano y le hicieron retención del 1% de la Ley 6-86.
PROCEDIMIENTOS A SEGUIR
Procedimientos a seguir
1) Dirigirse al Depto. de Instrumentación de Actas con los documentos requeridos.
2) Se levantará un acta de pago con la cual la persona cumplirá con los valores de la Ley 6-86.
Horario de prestación: 8:00 AM – 4:00 PM.
Costo: Sin costo
Tiempo de realización: 15 minutos
Canal de Prestación: Presencial
INFORMACIÓN ADICIONAL
Las obras que no poseen permisos y/o licencia de construcción se le calculara el valor para la aplicación de los Art. 1 y 2 de la Ley 6-86, en base al costo por M2 establecido por el MEOPC en su tabla de tasación actualizada.









